Acciones administrativas contra Ai Securities Co., Ltd. y ARBITRAGE SYSTEM FUND COMPANY LIMITED
i SECURITIESAcciones administrativas contra sociedades anónimas 27 de junio de 2020 Oficina de Finanzas Local de Kanto 1. i SECURITIES (Minato-ku, Tokio, número de corporación 9010401057968) (en lo sucesivo, "nuestra empresa") se encontró que tenía los siguientes problemas como resultado de una inspección (fechada el 17 de junio de 2022). (1) Negocio de gestión de inversiones no registrado i SECURITIES Ltd. (en adelante, "nuestra empresa") opera un "fondo de sistema de arbitraje" de sociedad anónima operado por arbitraje system fund company limited (una corporación registrada en las Islas Caimán Británicas, en adelante denominada "como compañía"). (en adelante denominado “Fondo de Arbitraje ⅰ”) como único inversionista institucional calificado), y a la fecha de referencia de la inspección (24 de agosto de 2020), se dice que está manejando colocaciones privadas de participaciones en el fondo de arbitraje ⅰ y administrando inversiones. Además, la empresa envió una notificación (en adelante, la "notificación especial") con respecto al negocio especial para inversores institucionales calificados, etc. (en adelante, el "negocio especial") al Director de la Oficina de Finanzas Locales de Kanto el 2 de noviembre de 2011. Al mismo tiempo, presentar notificación especial con fundamento en el artículo 3, inciso 1 de las Disposiciones Complementarias de la Ley de Revisión Parcial de la Ley Cambiaria e Instrumentos Financieros del 31 de agosto de 2016 (Ley N° 32 de 2015 ), A partir de la fecha de referencia de la inspección, como negocio especial, está realizando negocios de autogestión de fondo de arbitraje ⅰ. Además, el fondo de arbitraje ⅰ es un powerfund de valores de inversión extranjera (en lo sucesivo, la "Inversión extranjera") a través de la inversión en el comercio de divisas y el comercio de opciones de divisas. Sin embargo, el Sr. Katsuo Fujishiro (en adelante, el "Sr. Fujishiro"), quien es el único ejecutivo y empleado de la Compañía, participa en la administración del fondo de arbitraje i, además de encontrar candidatos de inversión y negociar inversiones con inversores. No participamos en operaciones de administración de inversiones tales como decidir sobre destinos de inversión con base en decisiones de inversión, ejecutar inversiones, administrar operaciones posteriores a la inversión o enajenar valores adquiridos a través de inversiones. Específicamente, alrededor de agosto de 2011 a más tardar, la Compañía se convertirá en la administradora de activos sti heritage management (cayman) limited (una corporación registrada en las Islas Caimán, Territorio Británico; pf limited, en lo sucesivo denominada "sti"), investigada. y analizó el contenido de los valores de inversión extranjera, y llevó a cabo negociaciones sobre inversiones con destinos de inversión candidatos y descubrimiento de destinos de inversión candidatos para el fondo de arbitraje i. Además, con base en la investigación y el análisis de los Valores de Inversión Extranjera, la Compañía, a más tardar en octubre de 2011, creará un fondo de arbitraje basado en sus propias decisiones de inversión sin explicar ni consultar con el Sr. Fujishiro (en adelante, denominado "Acuerdo Tokumei Kumiai") y un formulario de notificación especial, etc., utilizando el sistema comercial especial, y utilizando como empresa como operador nominal. Decidí invertir en valores de inversión extranjera a través de la composición de En agosto de 2010, el Sr. Fujishiro asumió el cargo de representante de as Corporation y solicitó ser persona física. Además, desde noviembre de 2011, cuando la Compañía comenzó a manejar colocaciones privadas de participaciones accionarias en el fondo de arbitraje ⅰ, hasta agosto de 2020 (en adelante, “durante este período”), la Compañía operará el fondo de arbitraje ⅰ. valores de inversión con nuestros activos, continuaremos transfiriendo repetida y continuamente los valores de inversión extranjeros de la cuenta de gestión de inversiones a nombre de una empresa en función de nuestras propias decisiones de inversión sin consultar al Sr. Fujishiro por su opinión. precio de los valores de inversión. Además, para pagar las tarifas de cancelación o las distribuciones a los inversionistas del fondo de arbitraje i durante este período, la Compañía continuará realizando pagos repetidos y continuos con base en sus propias decisiones de inversión sin buscar el juicio del Sr. Fujishiro, vendió el extranjero. valores de inversión mantenidos en los activos del fondo de arbitraje i, y enajenados de los valores adquiridos a través de la inversión. Además, con respecto a la operación y gestión del fondo de arbitraje ⅰ, que se dice que realiza una empresa en el Memorándum, durante la vigencia de este asunto, la empresa sti repetida y continuamente no buscará el juicio del Sr. Fujishiro, al obtener y analizando materiales relacionados con el estado de gestión de los activos de la corporación de inversión extranjera, gestionamos y comprendemos el estado de gestión y, en función de nuestras propias decisiones de inversión, invertimos en valores de inversión extranjera. continuamos gestionando el fondo de arbitraje i. Además, en el Acuerdo de Asociación Silenciosa, como empresa recibirá una tasa anual del 2.0% de los activos netos totales en el último día de cada período de cálculo como comisión de administración para el fondo de arbitraje I. Sin embargo, mientras no exista una disposición especial en el Memorándum, etc., la Compañía, sin obtener la aprobación del Sr. Fujishiro, calculó el monto de la remuneración para como compañía a una tasa anual de 0.2%, y el resto recibió un monto equivalente al 1.8% de la tasa anual a nombre de tasas de gestión administrativa. De esta manera, la compañía como es solo un operador nominal del fondo de arbitraje I. Como operador comercial, basado en decisiones de inversión basadas en el análisis del valor, etc., de los Valores de Inversión Extranjera, se cree que el dinero recibido de los inversionistas de Fondo de Arbitraje ⅰ se administró principalmente como una inversión en Valores de Inversión Extranjera. El acto anterior de la Compañía se enmarca en la categoría de negocio de administración de inversiones según lo estipulado en el Artículo 28, Párrafo 4 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambiarios (actos enumerados en el Artículo 2, Párrafo 8, Punto 15 de la misma ley), y la Compañía Llevar a cabo un negocio de administración de inversiones sin obtener un registro de cambio de conformidad con el Artículo 31, Párrafo 4, se considera una violación del Artículo 29 de la Ley. (2) Operaciones comerciales que plantean problemas en términos de protección de los inversores, como se describe en (1) anterior, la Compañía en realidad se convirtió en un operador de facto del fondo de arbitraje ⅰ y operó el fondo de arbitraje sin registro durante un largo período de tiempo. del hecho de que estaba administrando ⅰ, manejó la colocación privada, etc., explicando a los inversionistas utilizando materiales que indicaban que la empresa administraría el fondo de arbitraje ⅰ como operador. Además, a partir de la fecha de referencia de la inspección, además del fondo de arbitraje ⅰ, la Compañía ha establecido una sociedad anónima, "fondo del sistema de arbitraje ⅱ", cuyo operador es una compañía de producto ⅱ limitada (una corporación registrada en las Islas Vírgenes Británicas ) y cuyo objetivo de inversión son los valores de inversión extranjeros (fondo del sistema de arbitraje ii)” (en adelante denominados colectivamente como el “Fondo Especial 2”), Ai Global Asset Management Co., Ltd. (Minato-ku, Tokio, empresa número 9010001065933, ex operador de negocios de instrumentos financieros (El 24 de diciembre de 2021, el Comisionado de la Agencia de Servicios Financieros canceló el registro del negocio de instrumentos financieros), emitió acciones cuyo 40% es propiedad de la Compañía. Sin embargo, como operador de negocios de instrumentos financieros, al vender nuevos instrumentos financieros, tendremos en cuenta el principio de idoneidad, etc., y desde la perspectiva de garantizar el desempeño adecuado de la solicitud de inversión, no lo haremos. Debido a la falta de conocimiento de los necesidad de examinar y evaluar a los clientes a quienes se venderán los productos, con base en una comprensión adecuada de , No se realizó un examen suficiente del producto desde este punto de vista cuando se vendió el Fondo Especial 2 y el Fideicomiso de Inversión de Oferta Pública. Además, si bien la Compañía no ha establecido reglas internas que estipulan métodos de monitoreo específicos para los instrumentos financieros que maneja, ha obtenido materiales de sti sobre el estado de gestión de activos de la Corporación de Inversiones Extranjeras con respecto al Fondo Especial 2. Se dice que el monitoreo fue llevado a cabo confirmando y analizando esto. Sin embargo, de acuerdo con estos materiales, eventos que tienen un impacto significativo en la comerciabilidad del Fondo de Excepción 2, como cambios significativos en el método de gestión de activos de la Corporación de Inversión Extranjera por sti desde alrededor de 2015. Sin embargo, la Compañía pasó por alto estos eventos y no no dar explicaciones oportunas a los inversionistas. Además, alrededor de junio de 2018, el Gerente General del Departamento de Administración de ese momento tuvo conocimiento del problema, como por ejemplo, reconocer que no se había elaborado y emitido ningún informe de inversión legalmente requerido relacionado con el Fondo Especial 2. A pesar de esto, la Compañía ha descuidó esto sin tomar ninguna medida especial. De esta manera, bajo un sistema de gestión empresarial y un sistema de control interno extremadamente descuidados, la Compañía no proporcionó a los clientes información oportuna y apropiada que es importante para tomar decisiones de inversión Cada uno fue vendido a 48 personas (monto total de alrededor de 470 millones de yenes) , y el fideicomiso de inversión ofrecido públicamente se vendió a 145 personas (monto total de alrededor de 1.500 millones de yenes). Se considera que las operaciones comerciales anteriores en la Compañía se rigen por el artículo 51 de la Ley de Bolsa e Instrumentos Financieros, "cuando sea necesario y apropiado para el interés público o la protección de los inversores con respecto a las operaciones comerciales". 2. Con base en lo anterior, en el día de hoy se ejercieron las siguientes acciones administrativas en contra de la Sociedad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Cambiaria y de Instrumentos Financieros. [Orden de mejora comercial] (1) Analizar la causa de este asunto, formular medidas para evitar que se repita, como establecer un sistema de gestión comercial, un sistema de operación comercial y un sistema de control interno para realizar adecuadamente las operaciones de negociación de instrumentos financieros e implementarlas de manera constante. ser implementado. (2) Aclarar el lugar de responsabilidad por este acto. (3) Explicar apropiadamente los detalles de la disposición administrativa al cliente. (4) Informar las respuestas anteriores y el estado de implementación por escrito antes del miércoles 27 de julio de 2022 y posteriormente, según sea necesario hasta que se completen todas.
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